- Una agresión acreditada por las cámaras
- Penas de prisión, inhabilitación e indemnización
- Daños físicos y morales a la víctima
- “Dominación arbitraria y abuso de poder”
- Responsabilidad por omisión y absolución del tercer agente
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos policías forales a penas de 9 y 6 meses de prisión por la agresión a un detenido ocurrida el 12 de febrero de 2025 en los calabozos de la comisaría de Tudela.
Una agresión acreditada por las cámaras
El tribunal considera probado que uno de los agentes zarandeó, golpeó y propinó puñetazos en la cara al arrestado, en unos hechos que fueron registrados por las cámaras de seguridad de las instalaciones policiales.
El segundo agente ha sido condenado al entender los magistrados que “pudo y debió impedir lo ocurrido”, siendo por tanto responsable de permitir la agresión sin intervenir.
Un tercer policía acusado ha sido absuelto al no considerarse acreditada su responsabilidad en los hechos.
Penas de prisión, inhabilitación e indemnización
Al autor material de la agresión se le impone una condena por delito contra la integridad moral y un delito leve de lesiones, con una pena de 9 meses de prisión y una multa de 600 euros.
El segundo agente ha sido condenado a 6 meses de prisión por permitir la actuación de su compañero, incumpliendo los deberes de su cargo.
Además, ambos han sido inhabilitados para empleo o cargo público durante 3 y 2 años, respectivamente.
La sentencia reconoce el abuso de poder y la vulneración de derechos fundamentales del detenido.
Daños físicos y morales a la víctima
El detenido acudió al día siguiente a urgencias hospitalarias, donde se le diagnosticaron hematomas, erosiones y lesiones en distintas partes del cuerpo.
El agente que ejecutó la agresión deberá indemnizarle con 350 euros por las lesiones y 3.500 euros por las secuelas. Además, ambos condenados deberán abonar de forma conjunta 4.000 euros por el daño moral causado.
El Gobierno de Navarra ha sido declarado responsable civil subsidiario.
“Dominación arbitraria y abuso de poder”
La Audiencia califica los hechos como un claro ejemplo de “dominación arbitraria y abuso de poder”, destacando que el detenido se encontraba en una situación de indefensión dentro del calabozo.
Los magistrados subrayan que el uso de la fuerza por parte de los agentes solo está justificado en situaciones excepcionales y siempre con respeto a los derechos fundamentales.
Asimismo, recalcan que, aunque el detenido mostró una actitud desafiante, nada justifica una agresión física por parte de un agente de la autoridad.
Responsabilidad por omisión y absolución del tercer agente
En cuanto al segundo policía condenado, la sentencia destaca su experiencia de 26 años en el cuerpo y considera probado que presenció la agresión sin intervenir.
Por el contrario, el tercer agente ha sido absuelto al entender el tribunal que no tenía capacidad real para oponerse a la actuación de sus superiores, dada su escasa experiencia en el cuerpo.
La resolución judicial no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.