covid-19

Navarra mantendrá el toque de queda hasta el 12 de agosto

El TSJN ha autorizado esta medida, que afectará a 121 localidades, mientras el resto se mantienen hasta el 2 de septiembre

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photo_camera Plaza de los Fueros de Tudela. Foto: Jesús Marquina

El Gobierno de Navarra –con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Navarra- ha renovado mediante la Orden Foral 27/2021, de 3 de agosto, la limitación selectiva de la movilidad nocturna (toque de queda), mientras se mantienen vigentes el resto de medidas específicas, ya vigentes, de prevención frente al covid-19.

La medida afecta a 121 localidades que, en la actualidad, se encuentran en un nivel de riesgo muy alto, con  valores de incidencia  por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes en 14 días y los 125 en los últimos 7. La nueva norma, que estará en vigor entre el viernes 6 (00.00 horas) y el 12 de agosto (00:00 horas) mantiene la limitación de la movilidad nocturna -entre las 01:00 y las 06:00- los sábados y domingos, festivos, y fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrarse las fiestas patronales (27 poblaciones).

Si la medida afectara a municipios en cuyo ámbito territorial existan concejos, con fechas distintas de fiestas patronales, esta medida solamente se aplicará durante esos días a los concejos en los que se hubieran celebrado las fiestas y no en el resto del municipio.

En estas localidades, únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

El TSJN reitera su respaldo a la limitación nocturna

La Sala, en su auto, reitera que, a pesar de que los contagios han descendido ligeramente en la última semana, se están incrementando los hospitalizados en planta y en UCI, por lo que considera que mantener limitación de movilidad es una “medida idónea, esto es, eficaz para la contención de los contagios al evitar la interacción social en momentos en que se relajan las medidas de prevención como el uso de mascarilla y la distancia social".

Además, considera la medida "proporcionada" porque no impide la movilidad de forma absoluta, es aplicable únicamente en los municipios en riesgo, no se produce todos los días de la semana y es limitada en el tiempo.

El resto de medidas vigentes

Asimismo, se mantiene la limitación de un máximo de 10 personas para reuniones en el exterior, mientras no se recomienda que se supere este número en espacios privados ni que, en este ámbito, se rebasen las tres unidades convivenciales. Por otro lado, seguirá sin permitirse la celebración de pasacalles o kalejiras, la de las denominadas comidas populares y la de espectáculos taurinos de característica popular tales como encierros, encierrillos, sueltas de reses bravas o similares. Los horarios y aforos de los distintos sectores se mantienen como hasta ahora.

No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen el horario de cierre para hostelería y ocio nocturno fijado previamente a la 1 de la madrugada, así como aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.