La justicia da la razón a CSIF ante las distintas irregularidades surgidas en la Policía Municipal de Corella

En uno de los casos, el TAN confirma que las funciones de Policía Local son aquellas que determina la Ley y no están sujetas “a los caprichos de los dirigentes”

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photo_camera Vehículos de la Policía Local de Corella.

Desde el área de Policías Locales de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con amplia representación y afiliación en las diferentes policías, tanto locales como autonómicas, han puesto en conocimiento las últimas resoluciones y sentencias del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) y del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en relación con la grave situación de la Policía Municipal de Corella.

Por un lado, ante la orden del jefe de Policía de Corella a uno de los agentes, y bajo el apercibimiento de la incoación de un expediente sancionador, de realizar una tarea que excedía de las funciones propias de Policía Local enmarcadas en el artículo 23.1 de la Ley 23/2018, de las Policías de Navarra, la resolución número 1798 del Tribunal Administrativo de Navarra, amparada en el cumplimiento del ordenamiento jurídico, confirma que las funciones de Policía Local son aquellas que determina la Ley y no están sujetas a los caprichos de los dirigentes, que tendrán que adecuarse a su cumplimiento, además de poner de manifiesto la imposición, por parte del jefe de la Policía Local de Corella, de órdenes manifiestamente contradictorias.

Igualmente, el Tribunal Administrativo de Navarra ha dictado la resolución número 1809, en la que ha resuelto a favor de un agente el impago por parte del Ayuntamiento de Corella de la retribución del grado que le pertenecía a aquél por haber prestado anteriormente servicios para otra administración, y que el Ayuntamiento le denegó aun a sabiendas de que le correspondía.

Por último, y en la jurisdicción contenciosa, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pamplona ha determinado en su sentencia número 23372022 que la jornada laboral no puede ser impuesta sin que previamente sea llevada a negociación con la representación sindical.

Desde CSIF volvemos a poner de manifiesto una vez más la situación de la Policía Municipal de Corella, cuyos gobernantes ni siquiera han tenido la deferencia de respondernos a la propuesta de mantener una reunión en aras de realizar un diagnóstico e intentar solucionar la situación de la Policía Municipal, siempre desde la premisa de que la Policía Municipal de Corella debe estar al servicio de la ciudadanía y que es la pagana de la complicada situación.