Condenada la Junta de Aguas de Tudela por daños en una vivienda tras una fuga

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha condenado a la Junta de Municipal de Aguas de Tudela y a su compañía aseguradora a abonar una indemnización de 141.874 euros por los desperfectos originados en una vivienda tras una fuga de agua.

La sentencia, que puede ser recurrida, estima una reclamación de un particular por responsabilidad patrimonial por los daños aparecidos en su vivienda, en una calle de Tudela, tras una fuga de agua sucedida en junio de 2003 después de una serie de obras en la zona.

Explica que los daños comenzaron a aparecer a últimos de octubre del año 2003 y se han agravado de forma progresiva por el paso del tiempo.

La sentencia aprecia una relación entre la actuación del organismo autónomo y los daños sufridos por la recurrente, para lo que se basa en todos los informes periciales que obran en el expediente administrativo, que aluden al hundimiento de la cimentación y del pavimento en el que se asienta la vivienda por efecto de la fuga de agua.

La defensa de la Junta Municipal de aguas se opuso al recurso y aludió a la posible deficiente cimentación de la vivienda, la proximidad del río y el estado de ruina de las viviendas colindantes, una teoría compartida por la firma aseguradora, que además señala que la acción de reclamación ha prescrito, dado que el recurrente no ha reclamado en el plazo de un año desde que se produjeron los daños.

Sin embargo, la sentencia no estima esta alegación, al apreciar que los daños continuados no surgieron inmediatamente el día de la fuga de agua, sino que han ido apareciendo con el tiempo, por lo que "no es correcto fijar el cómputo del plazo en el día del siniestro".

Además, la sentencia estima que concurren elementos de juicio "suficientes en orden a que pueda tenerse por acreditado" que los daños causados en el inmueble de la recurrente tienen su origen en la "falta de adopción de medidas de protección suficientes y eficientes ante la fuga de agua" de junio de 2003 por parte del organismo autónomo demandado.